Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Es intrascendente el tipo de contratación que extienda Petróleos Mexicanos a sus trabajadores, para que resulte aplicable a su favor la última parte de la cláusula 27 del Contrato Colectivo de Trabajo (60% más de salarios caídos) pues tal disposición no condiciona el pago de esa prestación a que el trabajador sea de planta.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800415
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 480
Amparo directo 4424/87. Gregorio Mercado Ochoa. 18 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Bravo y Bravo. Secretario: Gilberto Apolonio López Corona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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