Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala
El derecho para efectuar el despido de un trabajador, comienza a correr cuando concluye la investigación o investigaciones que sea indispensable efectuar para determinar la responsabilidad en que tal trabajador haya incurrido.
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Registro digital (IUS): 800617
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Quinta Parte; Pág. 34
Amparo directo 4756/72. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 22 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Amparo directo 5885/72. Roberto Gómez. 22 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Séptima Epoca, Quinta Parte:Volumen 26, página 17. Amparo directo 4293/70. Guillermina Castillo Cruz. 19 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López.Nota: En el Volumen 26, página 17, la tesis aparece bajo el rubro "DESPIDO. PRESCRIPCION DEL DERECHO DEL PATRON PARA EFECTUAR EL.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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