LABORALES

Artículo IUS 800631. SALARIOS, RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR FALTA DE PAGO DE. BASE DE LA ACCION.

Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIOS, RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO POR FALTA DE PAGO DE. BASE DE LA ACCION.

La base de la acción sobre rescisión del contrato por falta de pago de salarios, está en que el patrón se niegue a cubrirlos, lo que presupone que el trabajador se presentó a cobrarlos y no le fueron cubiertos; y si en un caso el trabajador no demuestra ese extremo, pues por un lado la empresa, al absolver posiciones, niega que le haya retenido sus salarios, y, por otro, la empresa demuestra que los salarios no cobrados fueron depositados ante el inspector del trabajo con anterioridad a la fecha en que se presentó la demanda por el trabajador para que le fueran entregados, ello hace suponer que la empresa esperó a que se presentara a cobrarlos y que tenía deseo de cubrírselos, y debe estimarse que la retención de salarios no queda acreditada, por no ser imputable a la empresa la falta de pago de los mismos.

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Registro digital (IUS): 800631

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Quinta Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 3784/72. Radio Tamaulipas, S.A., XEMY. 4 de diciembre de 1972. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 800631 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 800631 de la J. Laborales SCJN?

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