LABORALES

Artículo IUS 801405. AMPARO, DIAS INHABILES PARA LA PROMOCION DEL.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AMPARO, DIAS INHABILES PARA LA PROMOCION DEL.

Aun cuando el artículo 23 de la Ley de Amparo, que señala los días inhábiles para la promoción, sustanciación y resolución de los juicios de amparo, no comprenda el día 21 de marzo, como en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo se estima como día de descanso obligatorio y por ello los tribunales de trabajo no laboran en ese día, restándose el mismo al término de consulta de los autos del juicio laboral, dicho día no debe computarse para contar el término que señala el artículo 21 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 801405

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XV, Quinta Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo directo 3513/58. Ferrocarril Mexicano. 24 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Díaz Infante. Ponente: Mario G. Rebolledo F.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801405 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801405 de la J. Laborales SCJN?

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