Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje están obligadas a estudiar pormenorizadamente las pruebas que se les rindan haciendo el análisis de la misma y expresando cuáles son las razones que han tenido en cuenta para llegar a tales conclusiones.
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Registro digital (IUS): 801697
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XIII, Quinta Parte; Pág. 192
Amparo directo 6682/57. Alfredo Martínez Zamarripa. 9 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. XXVI.5o.(V Región) 5 L (10a.). DESPIDO. PARA DESVIRTUARLO ES INSUFICIENTE QUE EL PATRÓN ALEGUE QUE LA BAJA Y ALTA DEL TRABAJADOR AL DÍA SIGUIENTE EN EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SE DEBIERON A UN ERROR.
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Art. IUS 801701. JUBILACION. ES UN DERECHO EXTRA LEGAL.
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