LABORALES

Artículo IUS 801862. ENFERMEDADES PROFESIONALES (PRUEBA PERICIAL).

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

ENFERMEDADES PROFESIONALES (PRUEBA PERICIAL).

Hay falta de claridad e incongruencia en un laudo si la Junta no precisa cuál es la enfermedad cuya profesionalidad se reconoce, sin que obste la omisión del actor, de no señalar dicha enfermedad, si ofreció y se rindió la prueba pericial correspondiente, pues la naturaleza y condiciones de un padecimiento o el estado patológico de un individuo, requiere para su determinación conocimientos especiales que no están al alcance de un trabajador de cultura media, sino que necesariamente habrán de fijarse por peritos en medicina.

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Registro digital (IUS): 801862

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 3999/56. Petróleos Mexicanos. 5 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801862 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801862 de la J. Laborales SCJN?

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