LABORALES

Artículo IUS 801867. FALTA DE ASISTENCIA, JUSTIFICACION DE LAS.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

FALTA DE ASISTENCIA, JUSTIFICACION DE LAS.

Para que el patrón no considere que el trabajador está faltando injustificadamente, en los casos en que no le haya otorgado permiso para hacerlo, el obrero debe avisarle del motivo de su falta y justificar, cuando se presente a sus labores, la causa que le obligó a faltar, pues si no lo hace y el patrón rescinde el contrato, la comprobación de la causa justificada para haber faltado, ante la autoridad del trabajo y en el juicio correspondiente, debe considerarse extemporánea.

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Registro digital (IUS): 801867

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 66

Precedentes

Amparo directo 423/57. Compañía Industrial de Azcapotzalco, S. A. 12 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen II, página 52. Amparo directo 203/56. Guillermo Pacheco. 28 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.Volumen I, página 54. Amparo directo 4457/56. Empresa Laminadora Azcapotzalco, S. A. 4 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801867 del LABORALES?

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