LABORALES

Artículo IUS 801883. SALARIOS, PRUEBA DE SU PAGO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIOS, PRUEBA DE SU PAGO.

El pago correcto de los salarios, incluyendo los séptimos días y los de descanso obligatorio, debe ser probado por el patrón, quien es el que puede tener a su disposición los recibos y constancias de haber verificado ese pago.

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Registro digital (IUS): 801883

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 90

Precedentes

Amparo directo 5940/56. Juan Reyes Cisneros y coagraviados. 27 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801883 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801883 de la J. Laborales SCJN?

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