Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
La Cuarta Sala de la Suprema Corte cambió la jurisprudencia anteriormente establecida, y ahora considera que en los casos de nivelación de salarios, corresponde al trabajador que pretende ser nivelado, la demostración de que las labores que desempeña son iguales en cantidad y calidad a las de los obreros con quienes pretende ser equiparado, puesto que debe probar los elementos constitutivos de la acción ejercitada, y esta determinación de que la carga de probar corresponde a la parte actora, es lógica, pues si el obrero pretende ser nivelado, claro está que es de su interés demostrar que reúne los requisitos para ello, lo cual también deberá demostrar quien pretenda la asignación de una categoría superior.
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Registro digital (IUS): 801885
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Quinta Parte; Pág. 66
Amparo directo 2815/57. Ferrocarriles Nacionales de México. 23 de octubre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 801883. SALARIOS, PRUEBA DE SU PAGO.
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Art. IUS 801887. TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE LOS.
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