Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Aun cuando tales o cuales actuaciones judiciales del orden penal pudieran servir para encontrar culpabilidad en determinadas personas, no quiere decir esto que la Junta esté obligada a fundarse en las declaraciones dictadas por ellas ante otra autoridad; porque éstas no pueden quedar en el conflicto obrero-patronal, con el carácter de pruebas definitivas y directas ya que para que esto ocurriese, hubiera sido necesario que tales declaraciones se hubiesen producido ante ella.
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Registro digital (IUS): 801911
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XI, Quinta Parte; Pág. 125
Amparo directo 4631/56. Leopoldo González Araiza. 7 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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