Jurisprudencia · Sexta Época · Cuarta Sala
Cuando el patrón niegue haber despedido al trabajador y ofrezca admitirlo nuevamente en su puesto, corresponde a éste demostrar que efectivamente fue despedido, ya que en tal caso se establece la presunción de que no fue el patrón quien rescindió el contrato de trabajo, por lo que si el obrero insiste en que hubo despido, a él corresponde la prueba de sus afirmaciones.
---
Registro digital (IUS): 802065
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [J]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VI, Quinta Parte; Pág. 73
Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen II, página 39. Amparo directo 5854/55. Elodia Escalona Sariñana. 7 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.Volumen II, página 39. Amparo directo 4421/56. Ignacio Velázquez Cortés. 26 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.Volumen V, página 52. Amparo directo 4195/57. Raúl Parada Trejo. 4 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.Volumen V, página 52. Amparo directo 3412/57. Rodolfo Munguía Mollano. 15 de noviembre de 1957. Cinco votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.Volumen V, página 52. Amparo directo 4701/57. Celia Hernández García y coagraviados. 22 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.Nota: Por ejecutoria del 13 de junio de 2018, la Segunda Sala declaró improcedente la solicitud de sustitución de jurisprudencia 4/2018 derivada de la solicitud de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 802049. ESTATUTO JURIDICO DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. PREVALECE SOBRE LOS REGLAMENTOS DE CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO.
Siguiente
Art. IUS 802086. TRABAJADORES DEL ESTADO, SUPERNUMERARIOS.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo