LABORALES

Artículo IUS 802720. TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE CESE, POR FALTAS DE LOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES DEL ESTADO, PRESCRIPCION DE LA ACCION DE CESE, POR FALTAS DE LOS.

Aun cuando es cierto que la Suprema Corte ha establecido que el término para la prescripción de dicha acción es de un mes, también lo es que se ha estimado que dicho término empezará a contarse desde el momento en que el trabajador da causa para la separación, cuando se trata de hechos que por su naturaleza son conocidos por el superior jerárquico, pero en caso contrario, a partir del momento en que los hechos atribuidos al trabajador son conocidos por el titular mediante la investigación necesaria, pues es hasta entonces cuando éste sabe con certeza si la falta fue cometida, así como la naturaleza de la misma y la responsabilidad que entrañe, y es además cuando se encuentra en posibilidad de ejercitar la acción correspondiente.

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Registro digital (IUS): 802720

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 72

Precedentes

Amparo directo 2464/56. Jefe del Departamento Agrario. 29 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Agapito Pozo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802720 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802720 de la J. Laborales SCJN?

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