Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
El artículo 18 de la ley de la materia establece la presunción de la existencia del contrato de trabajo entre el que presta un servicio y quien lo recibe, y para destruir tal presunción es indispensable que el demandado demuestre la inexistencia de la relación obrero-patronal acreditando los motivos y razones de la prestación del servicio.
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Registro digital (IUS): 802734
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Quinta Parte; Pág. 24
Amparo directo 206/56. Antonio Eslava. 4 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 802733. ACCIDENTES DEL TRABAJO DETERMINADOS POR ACTOS DELICTUOSOS.
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Art. IUS 802735. DESPIDO INJUSTIFICADO, ACCIONES EN CASO DE.
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