LABORALES

Artículo IUS 802875. TRABAJADORES DEL ESTADO, ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES DEL ESTADO, ABANDONO DE EMPLEO POR LOS.

Para estimarse que hay abandono de empleo por parte de un trabajador al servicio del Estado, es preciso que esté en posesión de tal empleo, o lo que es igual, que esté desempeñando las funciones o realizando las actividades inherentes al cargo.

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Registro digital (IUS): 802875

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 5152/55. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 8 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802875 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802875 de la J. Laborales SCJN?

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