LABORALES

Artículo IUS 803179. PATRON, LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A CONOCER EL NOMBRE DEL.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PATRON, LOS TRABAJADORES NO ESTAN OBLIGADOS A CONOCER EL NOMBRE DEL.

Los trabajadores no están obligados a conocer el nombre correcto de las empresas o razones sociales con las cuales giren sus patrones, cuando intentan una reclamación laboral, por ser esta circunstancia de difícil comprensión para ellos en muchos casos, máxime cuando sólo identifican a sus respectivos patrones, por los nombres o apellidos o a través de la persona que trata directamente con ellos y de la cual reciben órdenes, por lo que la única obligación que se ha establecido en estos casos, ha sido la de que fijen correctamente el domicilio de los demandados y acrediten la prestación de servicios a dichos demandados.

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Registro digital (IUS): 803179

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXII, Quinta Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 7223/62. Vejar y Garayzar, S. de R.L. 3 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803179 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803179 de la J. Laborales SCJN?

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