LABORALES

Artículo IUS 803202. TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, DE CONFIANZA, LOS CONFLICTOS SURGIDOS ENTRE UNA DEPENDENCIA BUROCRATICA Y LOS, DEBEN SER CONOCIDOS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, DE CONFIANZA, LOS CONFLICTOS SURGIDOS ENTRE UNA DEPENDENCIA BUROCRATICA Y LOS, DEBEN SER CONOCIDOS POR EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

El artículo 123 constitucional, en su inciso B, relativo a la relación de trabajo entre el Estado y sus servidores, establece en la fracción XII y respecto a la jurisdicción burocrática, que los conflictos individuales, colectivos o intersindicales, que surjan entre una dependencia burocrática y los empleados de la misma, serán sometidos al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, sin excluir a los trabajadores de confianza, por lo que debe entenderse que cualquier conflicto que surja entre éstos y el Gobierno del Distrito Federal, es de la competencia de dicho tribunal; y como la Constitución estatuye en la fracción XIV del artículo 123, que estos empleados gozarán de iguales beneficios en cuanto a las medidas de protección al salario y aquellos aspectos de la seguridad social que de cualquier manera han de extenderse hasta ellos, si se está dentro de la posibilidad de que tratándose de estas materias puedan surgir conflictos entre los Poderes de la Unión y sus servidores, precisa considerar que estos conflictos tendrán que ser conocidos por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

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Registro digital (IUS): 803202

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CVII, Quinta Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 3208/65. Carlos Barrera Ruiz. 9 de mayo de 1966. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803202 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803202 de la J. Laborales SCJN?

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