Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Es al patrón a quien corresponde probar el salario percibido por el trabajador cuando su monto es controvertido, porque es el mismo patrón el que tiene a su alcance los medios probatorios en contrario de lo afirmado por el trabajador.
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Registro digital (IUS): 803288
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Quinta Parte; Pág. 73
Amparo directo 2161/58. Constructora de Oriente, S. de R. L. 28 de enero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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