LABORALES

Artículo IUS 803677. PRESCRIPCION. CUANDO COMIENZA A CORRER EL PLAZO RESPECTIVO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PRESCRIPCION. CUANDO COMIENZA A CORRER EL PLAZO RESPECTIVO.

Si un hecho verificado por el patrón, o la obediencia a una orden dada por el mismo no causa perjuicio a los trabajadores, éstos carecen de interés para ejercitar una acción en contra del patrón. Sólo cuando aquel acto viene a traducirse en perjuicio para los trabajadores, es cuando nace el interés de éstos para ejercitarla, comenzando entonces a correr el plazo respectivo.

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Registro digital (IUS): 803677

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen XLI, Quinta Parte; Pág. 71

Precedentes

Amparo directo 5224/57. José Porras Pulido y coagraviados 30 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agapito Pozo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 803677 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 803677 de la J. Laborales SCJN?

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