Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si el trabajador manifiesta terminantemente que los actos delictuosos que se le atribuyen no fueron cometidos por él, su afirmación es suficiente para que se tengan por negados los hechos en que el titular quejoso se funde al pedir la autorización de cese, sin que sea requisito indispensable que la excepción relativa se oponga en forma sacramental alguna, pues de conformidad con el artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo, aplicado supletoriamente, es suficiente que se precisen los puntos petitorios y los fundamentos de los mismos, para que las promociones sean correctas, sin necesidad de que éstas tengan forma determinada alguna.
---
Registro digital (IUS): 804196
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIV; Pág. 1223
Amparo directo en materia de trabajo 1062/55. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas. 24 de junio de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. XVIII.4o.15 L (10a.). ACTO RECLAMADO. SU CONOCIMIENTO PARA EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO NO PUEDE TENERSE POR ACREDITADO EN LA FECHA DE PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN LABORAL DEL ACUERDO DE SOLICITUD DE COPIAS, SI ÉSTE NO SE EMITIÓ DENTRO DEL TÉRMINO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 838 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Siguiente
Art. IUS 804197. SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE EN EL AMPARO EN MATERIA DE TRABAJO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo