LABORALES

Artículo IUS 804312. TRABAJADORES, PREFERENCIA DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES, PREFERENCIA DE LOS.

El artículo 111, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo manda que, en igualdad de circunstancias, se prefiera al obrero que haya servido con anterioridad. Por tanto, es inconcuso que la norma de tal preferencia debe ser estimando con mejor derecho al que ha prestado sus servicios con mayor antigüedad. Y el hecho de que se trate o no de un ascenso es intrascendente, si la esencia de las litis es establecer si el actor tiene mejor derecho que otro trabajador, para ocupar la plaza asignada a éste.

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Registro digital (IUS): 804312

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXII; Pág. 1213

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 429/54. Petróleos Mexicanos. 17 de noviembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804312 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804312 de la J. Laborales SCJN?

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