Jurisprudencia · Sexta Época · Pleno
Sus conflictos deben tramitarse ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, por ser aquélla una institución descentralizada cuyos trabajadores quedan sujetos a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
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Registro digital (IUS): 804380
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen CXXVI, Primera Parte; Pág. 24
Volumen CXVII, Primera Parte, página 65. Competencia 150/66. Suscitada entre el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 14 de marzo de 1967. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Volumen CXVIII, Primera Parte, página 94. Competencia 76/56. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 18 de abril de 1967. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.Volumen CXXII, Primera Parte, página 52. Competencia 108/66. Suscitada entre el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Tres. 1o. de agosto de 1967. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Raúl Castellano Jiménez.Volumen CXXII, Primera Parte, página 52. Competencia 136/66. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje Número Trece y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. 1o. de agosto de 1967. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Raúl Castellano Jiménez.Volumen CXXII, Primera Parte, página 52. Competencia 110/66. Suscitada entre el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. 15 de agosto de 1967. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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