Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
De conformidad con el criterio sustentado en forma constante por esta Suprema Corte de Justicia, si el trabajador no gozó de sus vacaciones tiene derecho a que el cubra el importe de las mismas, pero no existe fundamento alguno para la exigencia de un salario triple.
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Registro digital (IUS): 804663
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2531
Amparo directo en materia de trabajo 8883/50. Chiado Modesto T. y coags. 29 de septiembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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