LABORALES

Artículo IUS 804890. SALARIO, CANTIDADES QUE NO LO INTEGRAN (GASTOS).

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIO, CANTIDADES QUE NO LO INTEGRAN (GASTOS).

Las cantidades que la empresa asigna a un trabajador "para gastos", no pueden estimarse como parte integrante del salario en los términos del artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, porque le son dadas para un fin determinado en función del empleo desempeñado y no para su personal disposición, tanto más cuanto que el patrón puede pedir rendición de cuentas respecto de los gastos erogados. Así pues, no pueden formar parte de la pensión jubilatoria las cantidades proveídas para gastos mientras el empleado desempeñó el cargo.

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Registro digital (IUS): 804890

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVII; Pág. 843

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 5022/52. Pozos Iturriaga Genaro. 31 de agosto de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 804890 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 804890 de la J. Laborales SCJN?

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