LABORALES

Artículo IUS 805044. NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.

Al decir el artículo 444 de la Ley Federal del Trabajo, que las notificaciones se harán "un día antes" y no "el día anterior", de ello se desprende que el término se encuentra establecido en beneficio de aquél en cuyo perjuicio corre el término, a fin de que goce de un día íntegro para preparar lo que requiera la diligencia a que hubiere sido citado.

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Registro digital (IUS): 805044

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 408

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 6793/36. Román Francisco. 16 de enero de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805044 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805044 de la J. Laborales SCJN?

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