Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Es fundada la queja por exceso en la ejecución de una sentencia que concede el amparo, cuando la Junta de Conciliación y Arbitraje, al pronunciar nuevo laudo en cumplimiento de la ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia, rebasa su alcance, sin motivo legal, al incluir en su pronunciamiento, una condena a la devolución de la cantidad cobrada como consecuencia de la ejecución del laudo reclamado en el juicio de garantías en que recayó dicha ejecutoria, ejecución que puede evitarse o de cuyas consecuencias es posible prevenirse mediante el otorgamiento de las garantías y contragarantías que reglamenta la Ley de Amparo al tratarse de la suspensión del acto reclamado, y en su defecto, ante la ejecución del propio acto, la restitución de los daños y perjuicios que haya originado, sólo puede lograrse mediante el ejercicio de las acciones conducentes, en la vía y forma adecuadas; por tanto, no es posible jurídicamente admitir que dentro del cumplimiento de una ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia, se decida sobre la devolución de lo indebidamente percibido o recibido sin derecho, cuando ésta no fue cuestión de la sentencia concesoria del amparo.
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Registro digital (IUS): 805179
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIII; Pág. 2949
Queja en amparo en materia de trabajo 717/59. Meza Donaciano y coagraviados. Mayoría de tres votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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