Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, exige que los laudos deben ser claros, precisos y congruentes con la demanda y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el negocio; y esa congruencia debe entenderse como la relación necesaria entre la acción ejercitada, la excepción opuesta y la resolución del conflicto, de manera que abarque todas las cuestiones controvertidas.
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Registro digital (IUS): 805356
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CIV; Pág. 976
Amparo directo en materia de trabajo 5368/48. González Vega Guadalupe. 27 de abril de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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