LABORALES

Artículo IUS 805700. TRABAJADORES, REINSTALACION DE, EN CUMPLIMIENTO DE UN CONVENIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES, REINSTALACION DE, EN CUMPLIMIENTO DE UN CONVENIO.

Si por convenio, los trabajadores adquieren el derecho de laborar en condiciones más favorables que las pactadas en el contrato colectivo, y la parte patronal se niega a cumplir los términos de aquel convenio, quedando los actores privados, de manera indebida, del derecho de trabajar en las condiciones indicadas; debe decirse que la Junta responsable, en el caso, obró, justificadamente al ordenar que fueran reinstalados los trabajadores ya que esto equivale a colocarlos de nuevo en las condiciones en que prestaban sus servicios a su patrón, en la época en que éste cumplió el convenio de referencia.

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Registro digital (IUS): 805700

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVII; Pág. 834

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 2977/47. Gil Sorrives Enrique. 26 de julio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805700 del LABORALES?

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