LABORALES

Artículo IUS 805957. TRABAJADORES DEL ESTADO INTERINOS, EN LA SECRETARIA DE HACIENDA.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaquinta-Épocalaboral

Texto Legal

TRABAJADORES DEL ESTADO INTERINOS, EN LA SECRETARIA DE HACIENDA.

Es infundado lo alegado en el sentido de que debe declararse ilegal el procedimiento seguido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al otorgar con carácter interino, la plaza reclamada, sin que el designado reúna los requisitos legales por carecer de título y porque, aun cuando lo tuviere, no ocupa el puesto inmediato inferior; porque según el segundo párrafo del inciso f) de la fracción I del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, dicho secretario de Hacienda pudo, sin sujetarse a lo dispuesto en el inciso e) de la citada fracción I del artículo 41 del citado estatuto, designar interinamente a un tercero, únicamente por el tiempo que dure el desahogo del boletín que se expidió, a fin de que la Comisión Mixta de Escalafón, determine a la persona que ocupe en propiedad el puesto reclamado. En apoyo de lo anterior, debe mencionarse el artículo 8o. del Reglamento de Escalafón para los Empleados de Base de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha dieciséis de abril de mil novecientos cuarenta y cinco, publicado en el Diario Oficial de la Federación, correspondiente al dieciocho de junio siguiente, que establece: "La Secretaría de Hacienda podrá cubrir las vacantes que a su juicio no puedan permanecer acéfalas, en la inteligencia de que los nombramientos que expida, tendrán el carácter de interinos y sólo surtirán efectos hasta la fecha en que tome posesión la persona nombrada en definitiva, por la Comisión Mixta de Escalafón.".

---

Registro digital (IUS): 805957

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVI; Pág. 645

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 7372/47. Núñez Malanco Francisco. 22 de abril de 1948. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 805957 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 805957 de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 805957 del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 805957 LABORALES desde tu celular