Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El artículo 86 de la Ley Federal de Trabajo, establece como elementos esenciales, que el trabajo se desempeñe en puesto, jornada y condiciones de eficiencia iguales, y que para fijar el salario se tendrá en cuenta la calidad y cantidad del mismo. Ahora bien, siendo la parte actora la que sostiene que se encuentra en el caso previsto por el indicado precepto, alegando tener derecho a un salario de mayor cuantía, porque desempeña igual puesto en igual jornada, con un igual rendimiento en cantidad y calidad e idéntico por su eficiencia a la de otros trabajadores, que mencionó como base para la comparación del trabajo e igualación del salario reclamado, debe decirse que es a dicha parte actora y no a la parte demandada, a quien corresponde acreditar la existencia de los requisitos indispensables para que prospere la acción de nivelación de salario.
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Registro digital (IUS): 805983
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 163
Amparo directo en materia de trabajo 2579/47. Pavón José y coagraviados. 8 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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