Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si no se celebró la audiencia de demanda y excepciones, por no haberse presentado las partes, es claro que era necesaria la promoción de alguna de éstas, con el fin de que la Junta señalara nueve fecha para su celebración, y al no hacer esa promoción la parte actora, que era la directamente interesada en la prosecución del juicio, incurrió en la sanción establecida por el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 806559
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 476
Amparo en revisión en materia de trabajo 6913/45. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 8 de abril de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Disidente y relator: Luis G. Corona.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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