Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El lapso de la prescripción comienza a correr desde que se determina la enfermedad, y aun cuando un obrero confiese que sentía determinados síntomas relacionados con su enfermedad, cuando fue reajustado, ello no implica que ya tuviera conocimiento de que padecía la enfermedad profesional, lo cual sólo vino a evidenciarse al ser reconocido por los peritos médicos; tesis que está de acuerdo con la parte final del artículo 330 de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 806768
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 2131
Amparo directo en materia de trabajo 8496/41. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A: 6 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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