Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Una persona no puede ser considerada como trabajador, si es dueño de un taller de carpintería, en el que aunque sólo ocupe un obrero, se usa maquinaria para el trabajo, por ser este elemento esencial de labor que ayuda a su dueño a suplir la obra de mano.
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Registro digital (IUS): 807043
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2578
Amparo administrativo en revisión 4637/44. Marrero Enríquez Emilio. 3 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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