Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La circunstancia de que el testigo de calidad presentado por el actor, fuese nieto de uno de los demandados, no autoriza para considerar a dicho testigo como parte en el asunto, ni para desahogar la prueba como si se tratase de una confesión, y por lo mismo, es claro que la parte demandada tuvo el derecho de repreguntarlo, y no puede estimarse que la Junta haya incurrido en violación de garantías, al admitir las repreguntas.
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Registro digital (IUS): 807177
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 220
Amparo directo en materia de trabajo 6036/42. Fonseca Felipe. 6 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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