LABORALES

Artículo IUS 807203. TRABAJADORES, MULTAS POR NO CONCEDERSE EL DESCANSO SEMANARIO A LOS, EN EL TRABAJO A DOMICILIO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES, MULTAS POR NO CONCEDERSE EL DESCANSO SEMANARIO A LOS, EN EL TRABAJO A DOMICILIO.

Debe confirmarse la concesión del amparo hecha por el inferior, contra la multa impuesta al quejoso, por la falta consistente en no haber concedido el descanso semanario a sus trabajadores, si tal cosa no está comprobada; ya que el inspector del trabajo, en el acta que levantó, no interrogó a los propios trabajadores, ni al patrono a este respecto, y porque tratándose de trabajo a domicilio, los patronos no están obligados a conceder descansos semanarios.

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Registro digital (IUS): 807203

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 167

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 9437/42. García Benítez Eduardo. 1o. de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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