Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El obrero debe justificar la causa de sus faltas de asistencia al trabajo, y no simplemente dar el aviso correspondiente al patrono, para que no se le aplique la sanción que establece el artículo 121, fracción X, de la Ley Federal del Trabajo.
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Registro digital (IUS): 807247
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 904
Amparo directo en materia de trabajo 7454/42. Arrazola Manuel. 11 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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