LABORALES

Artículo IUS 807416. TRABAJO, SUSPENSION DEL CONTRATO DE, SIN AUTORIZACION DE LA JUNTA RESPECTIVA.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJO, SUSPENSION DEL CONTRATO DE, SIN AUTORIZACION DE LA JUNTA RESPECTIVA.

Aun suponiendo existente la causa legal (fuerza mayor), invocada por la empresa, para justificar la suspensión del contrato de trabajo, la propia empresa no puede considerarse relevada de la responsabilidad consistente en el pago de salarios a los trabajadores, por todo el tiempo que duró esa suspensión, si no cumplió con el requisito que establece el artículo 118 de la Ley Federal del Trabajo, de dar aviso a la Junta respectiva, de la suspensión del contrato, para obtener de ella la sanción de la misma.

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Registro digital (IUS): 807416

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2935

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 3876/43. United Sugar Companies, S. A. 10 de noviembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807416 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 807416 de la J. Laborales SCJN?

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