Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
La circunstancia de que el testigo fungiese como representante de la empresa demandada, en ausencia de la persona que tenía el carácter, no constituye una tacha que lo imposibilite para declarar acerca del abandono del trabajo por parte del obrero, pues precisamente por sus funciones al servicio de la compañía pudo darse cuenta del hecho sobre el que declaró.
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Registro digital (IUS): 807470
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4328
Amparo directo en materia de trabajo 1478/43. C. de De la Torre Ruth. 1o. de diciembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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