Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Las determinaciones por medio de las cuales las Juntas de Conciliación y Arbitraje se niegan a tener por desistidos a los actores de la acción intentada en contra de sus patrones, por falta de promoción durante el término de tres meses, no son de naturaleza procesal y sí resoluciones destacadas que dejan viva la acción del reclamante y que, precisamente al recurrirse por los demandados, en amparo, esto es con el objeto de que tal acción que de extinguida, operándose el desistimiento por morosidad, de conformidad con el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo. En esas condiciones, no son susceptibles e ser reclamadas en el amparo que se interponga contra el laudo que se dicte en la controversia obrero patronal, máxime que ese laudo no podría ocuparse de las peticiones formuladas por los demandados con el fin indicado.
---
Registro digital (IUS): 807611
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1803
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó de plano la demanda 7836/45. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 14 de mayo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. XIV.T.A.5 L (10a.). AGENTES DE LA POLICÍA DEL ESTADO DE YUCATÁN. EL ARTÍCULO 5, FRACCIÓN II, INCISO L), DE LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO Y MUNICIPIOS DE DICHA ENTIDAD, AL CONSIDERARLOS COMO TRABAJADORES DE CONFIANZA TRANSGREDE EL ARTÍCULO 123, APARTADO B, FRACCIÓN XIII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 4 DE MAYO DE 2011).
Siguiente
Art. I.6o.T.106 L (10a.). BANRURAL. LA GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DENOMINADA "VIDA CARA", CUANDO ES ENTREGADA AL TRABAJADOR DEBE TOMARSE EN CUENTA PARA CALCULAR LA CUANTÍA BÁSICA DE LA PENSIÓN VITALICIA DE RETIRO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo