LABORALES

Artículo IUS 807878. TRABAJADORES, DESOBEDIENCIA DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJADORES, DESOBEDIENCIA DE LOS.

Si las pruebas rendidas acreditan que el trabajador se negó obstinadamente a desempeñar el trabajo contratado, es indudable que se colocó dentro de la situación de que la empresa pudiera dar por terminado el contrato de trabajo, sin responsabilidad de su parte, de acuerdo con lo prevenido por la fracción XI, del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo.

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Registro digital (IUS): 807878

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4280

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 10639/42. Venegas Alejandra. 30 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 807878 del LABORALES?

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