LABORALES

Artículo IUS 807887. TRABAJO POR TIEMPO FIJO, CONTRATO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJO POR TIEMPO FIJO, CONTRATO DE.

Aunque el contrato de trabajo se haya celebrado por tiempo fijo, si subsistían las causas por las que fue contratado el obrero, y la materia del trabajo, es inconcuso que el contrato quedó prorrogado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39, de la Ley Federal del Trabajo, al vencimiento del término estipulado, sin que hubiera para ello necesidad de que el trabajador se presentara a firmar un nuevo contrato.

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Registro digital (IUS): 807887

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 3713

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 4548/43. Prieto Pineda Carmen. 22 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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