Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si por virtud de una inexactitud en la sentencia del inferior, se asegura que todas las disposiciones que se señalan como violadas, pertenecen a Ley Federal del Trabajo, siendo que sólo unas corresponden a dicho ordenamiento y las demás a un contrato colectivo de trabajo, esto no tiene mayor trascendencia y sólo amerita que se rectifique en la resolución.
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Registro digital (IUS): 808358
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6564
Amparo en revisión en materia de trabajo 7643/42. Ferrocarril del Potosí y Río Verde. 12 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 808355. SALARIOS CAIDOS, EL PATRONO NO ESTA OBLIGADO A CUBRIRLOS, AUNQUE HAYA SIDO ILEGAL LA APLICACION DE LA CLAUSULA DE EXCLUSION AL OBRERO.
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Art. 2a./J. 84/2014 (10a.). CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO. AUN CUANDO LOS ARTÍCULOS 153-C, 153-D, 153-E, 153-I, 153-U Y 153-V, PÁRRAFO PRIMERO, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO SON DE NATURALEZA AUTOAPLICATIVA, ES NECESARIO QUE EL QUEJOSO ACREDITE QUE SE RIGE POR DICHA LEGISLACIÓN PARA IMPUGNARLOS A TRAVÉS DEL JUICIO DE AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE DICIEMBRE DE 2012).
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