LABORALES

Artículo IUS 808355. SALARIOS CAIDOS, EL PATRONO NO ESTA OBLIGADO A CUBRIRLOS, AUNQUE HAYA SIDO ILEGAL LA APLICACION DE LA CLAUSULA DE EXCLUSION AL OBRERO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

SALARIOS CAIDOS, EL PATRONO NO ESTA OBLIGADO A CUBRIRLOS, AUNQUE HAYA SIDO ILEGAL LA APLICACION DE LA CLAUSULA DE EXCLUSION AL OBRERO.

Los patronos no son responsables de los perjuicios causados al obrero afectado, por ilegal aplicación de la cláusula de exclusión, por la misma razón de que no teniendo facultades para juzgar de la legalidad de dicha aplicación, no pueden ser inculpados de mala fe o de arbitraria separación. Por tanto, aunque ésta haya sido injustificada, si obedeció a la aplicación de la cláusula de exclusión, el patrono no está obligado a pagar los salarios caídos al trabajador.

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Registro digital (IUS): 808355

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6546

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 7077/42. Aguirre Luis. 12 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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