Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Es justificada la rescisión del contrato, cuando el trabajador falte por más de tres días en un mes, sin causa justificada, y no es violatorio de garantías el laudo que absuelve al patrono, de la demanda formulada en su contra, por este motivo.
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Registro digital (IUS): 808465
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1490
Amparo directo en materia de trabajo 2275/42. Márquez Manuel. 16 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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