LABORALES

Artículo IUS 808507. TRABAJO, OBLIGACIONES DERIVADAS DEL USO EN MATERIA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

TRABAJO, OBLIGACIONES DERIVADAS DEL USO EN MATERIA DE.

Una obligación en materia de trabajo, puede tener su origen en el uso, cuando de las relaciones de los obreros con las empresas a quienes sirven, conceden, en forma constante, una franquicia que por su práctica puede conceptuarse como uso obligatorio; pero para tener derecho a ella, debe probarse que la empresa demandada la ha aceptado habitualmente, sin que pueda deducirse ese uso de la práctica que hayan tenido otras empresas, ni de los contratos colectivos de ellas, porque el uso se deriva de la práctica constante dentro de la misma negociación, en la que está vinculada, y no de la que hayan tenido otras negociaciones.

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Registro digital (IUS): 808507

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 737

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 8255/40. Salinas Rafael y coag. 16 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 808507 del LABORALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 808507 de la J. Laborales SCJN?

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