Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Si la Junta responsable, ante la cual se instauró un conflicto sobre pago de indemnización por muerte de un trabajador, tuvo particular cuidado en relacionar el dictamen médico pericial, de autopsia del cadáver de dicho trabajador, con el certificado del estudio histopatológico de un corte de pulmón del obrero, y tales probanzas acreditaron que éste falleció de una pleuresía purulenta y que en su pulmón se hallaron lesiones de antracosis, debe decirse que si la parte actora no rindió algún principio demostrativo de que esa pleuresía le sobrevino al trabajador en el ejercicio de su trabajo o con motivo de él, ni acreditó que existiera relación alguna entre la antracosis que padecía el obrero y la pleuresía que originó la muerte, es de concluirse que al estimar la Junta responsable, que en tal caso los aludidos elementos de convicción, no acreditaban la existencia del riesgo profesional, y que por tanto, procedía absolver a la empresa demandada, no pudo vulnerar garantías individuales, en perjuicio de la actora.
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Registro digital (IUS): 808511
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 5564
Amparo directo en materia de trabajo 2417/42. Cortés viuda de Urbina Rafaela. 17 de junio de 1942. Unanimidad de cuatro voto. El Ministro Antonio Islas Bravo, no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Relator: José María Mendoza Pardo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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