Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje pueden determinar en sus laudos, el salario remunerador que debe corresponder a un obrero, sin que ello tenga relación con la fijación del salario mínimo, que debe hacerse en los términos de la ley.
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Registro digital (IUS): 808562
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3544
Amparo directo en materia de trabajo 7893/40. Compañía Eléctrica y Telefónica Fronteriza, S. A. 25 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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