LABORALES

Artículo IUS 808853. DOMESTICOS, SALARIOS DE LOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DOMESTICOS, SALARIOS DE LOS.

Si una Junta llega a la conclusión de que un trabajador sólo desempeñó trabajos como doméstico de casa particular, procede, conforme a derecho, al establecer, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 129 de la Ley Federal del Trabajo, que dicho trabajador solamente estuvo amparado por las disposiciones del capítulo relativo al trabajo de los domésticos, dentro del cual se encuentra dicho precepto, y que, por tanto, no procede en relación con la demanda formulada, estimar que al reclamante se le apliquen las disposiciones relacionadas con el salario y horas de jornada legal, establecidas con referencia al contrato de trabajo en general, siendo esta la razón en que debe fundarse la absolución de la demandada, respecto del pago de las prestaciones que sobre ese particular se exijan; y aun cuando la Junta incurra en un error, al citar el importe que asigna a los alimentos y habitación que disfrutaba el doméstico, interpretando equivocadamente lo dispuesto en la parte final del artículo 131 de la Ley Federal del Trabajo, esto no puede, por sí solo, determinar que se conceda por ese capítulo, el amparo que se solicite, pues aun rectificando el error de la Junta, resulta que el doméstico obtenía un salario que, desde luego, puede considerarse como remunerador, para un trabajador de esa especie, con más razón, si se tiene en cuenta la libertad que existe para fijar salarios a los domésticos.

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Registro digital (IUS): 808853

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2144

Precedentes

Amparo directo en materia de trabajo 558/37. Díaz de Gutiérrez Dolores. 15 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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