LABORALES

Artículo IUS 809064. JUNTAS, RATIFICACION DE LA DEMANDA INICIAL ANTE LAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

JUNTAS, RATIFICACION DE LA DEMANDA INICIAL ANTE LAS.

De la lectura del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, no se desprende que el mismo exija la ratificación de la demanda inicial, cuando la Junta pasa al período de arbitraje y menos cuando el actor puede modificar, en este período, su reclamación primitiva, y atenta la disposición del artículo 514 del propio ordenamiento, acerca de que cuando el reclamante no comparece a la audiencia de demanda y contestación, o resulta mal representado, se le tiene por inconforme con todo arreglo y se da por reproducida la demanda inicial del expediente.

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Registro digital (IUS): 809064

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2878

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 1217/36. Secundino Bernardo. 10 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Relator Alfredo Iñárritu.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809064 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809064 de la J. Laborales SCJN?

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