Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La Ley Federal del Trabajo sólo vino a reglamentar la fracción XIV del artículo 123, de modo que el laudo de una Junta, que condena al pago de indemnización por la muerte de un obrero, por enfermedad profesional, y causada con anterioridad la promulgación de la ley del trabajo, no importa la aplicación retroactiva de esta ley, que, como ya se dijo, no es sino la reglamentación del repetido artículo 123, que impuso a los patronos la obligación de pagar las indemnizaciones consecuentes a todo riesgo de trabajo.
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Registro digital (IUS): 809446
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2014
Amparo en revisión en materia de trabajo 10774/32. Compañía "Real del Monte y Pachuca". 27 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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