Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Si en la fecha en que ocurrieron los hechos que dieron origen a un conflicto de trabajo, no existía reglamentación ni federal ni local sobre el particular, de acuerdo con el artículo 11, transitorio, de la Constitución Federal, y sólo estaban en vigor, en relación con la materia del trabajo, las bases contenidas en el artículo 123 también constitucional, no es violatorio de garantías el laudo que tuvo su apoyo en una de dichas bases.
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Registro digital (IUS): 809490
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2743
Amparo en revisión en materia de trabajo 1693/33. "El Aguila", Compañía Mexicana de Petróleo. 6 de diciembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. VI.1o.T.2 L (10a.). RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 849 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. ES IMPROCEDENTE CONTRA LA INTERLOCUTORIA QUE RESUELVE UNA TERCERÍA, AL NO SER UN ACTO EMITIDO POR EL PRESIDENTE DE LA JUNTA, NI UN ACTO DE EJECUCIÓN.
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